DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges ELIZABEHT OBDULI OROPEZA ROSILLO y ANGEL ARNALDO RIVAS ARCILA, ambos identificados en el encabezamiento del presente fallo y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado por ellos el día dieciocho (18) de mayo de mil novecientos ochenta y tres (1983), ante el ciudadano Secretario General del Consejo Municipal, del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, según consta de acta matrimonio Nº 12, folio N° 22 y su vto. 23 y 24; de los libros de Registro Civil de Matrimonio, llevado por dicha dependencia.-
Queda disuelta la comunidad conyugal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE.
Dada, .....