Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio OMAIRA DÍAZ, en su carácter de apoderada judicial de la SOCIEDAD BENÉFICA "HIJOS DE LA UNIÓN", contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 4 de mayo de 2023, la cual SE REVOCA en todas y cada uno de sus partes; y en consecuencia; en consecuencia, se declara INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los ciudadanos CESAR ALEJANDRO MEDRANO RENGIFO y CARLOS MANUEL NORIEGA GONZÁLEZ contra la prenombrada sociedad, plenamente identificados en autos, de conformidad con lo que preceptúa el ordinal 5º del artículo 6 de .....