PRIMERO: Se DECLARA SIN LUGAR la SOLICITUD formulada por el Profesional del Derecho ABG. MIGUEL ANIBAL ZAMBRANO ARBORNOS, actuando en su carácter de Defensor Privado de los acusados LUIS ESTEBAN LOVERA MORALES, OMAIRA LOVERA, ROSA LOVERA, YAMILIT LOVERA Y ALFREDO GONZALEZ VELASQUEZ, con relación a que se suspenda la continuación del presente Juicio Oral y Público, hasta tanto se pronuncie la Corte de Apelaciones, en cuanto al Recurso de Apelación por él interpuesto, de conformidad con lo establecido en el articulo 413 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el debate debe realizarse en un plazo no mayor de diez días contados a partir de la audiencia de conciliación, y por cuanto el proceso no se puede suspender por haberse ejercido un Recurso de Apelación.
SEGUNDO: Se DECLARA SIN LUGAR la SOLICITUD formulada por el Profesional del Derecho ABG. MIGUEL ANIBAL ZAMBRANO ARBORNOS, actuando en su carácter de Defensor Privado de los acusados LUIS ESTEBAN LOVERA MORALES, OMAIRA LO.....