Decreta LA NULIDAD DE OFICIO de la decisión emitida en fecha 17 de marzo de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 1 de esta extensión Judicial, de conformidad con lo señalado en los artículos 174, 175, 176, 179 y 180, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como a los criterios jurisprudenciales establecidos por nuestro Máximo Tribunal de la República, en Sala Constitucional y Sala Penal