DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS EN FASE DE JUICIO por aplicación del artículo 583 en relación al 376 del Código Penal reformado. En consecuencia CONDENA a los jóvenes adultos IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la sanción de UN (01) AÑO DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, consistentes en: 1-. Obligación de culminar con la educación formal, debiendo presentar cada cuatro (04) meses la constancia de estudio y la constancia de notas 2-Obligacion de Trabajar y Presentar cada (04) meses constancia de trabajo. 3.- Prohibición expresa de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas, y licor, 4- Prohibición de portar cualquier arma de fuego o arma blanca, o similares, 5.- No acercarse a las víctimas y su grupo familiar; todo esto de conformidad con lo establecido en los artículos 628 y 624 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previstos .....