DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO. Declara Con Lugar la solicitud formulada por la defensa publica penal del ciudadano JUAN CARLOS MACERO ARRAIZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.895.994-, a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de DETENTACIÓN DE ARMAS BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 3 numeral 3 con relación con el artículo 15 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones concatenado con el artículo 277 del Código Penal, LESIONES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal y DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de .....