II
DISPOSITIVA.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO de la recusación presentada por el abogado JESÚS ANTONIO GONZÁLEZ JERES, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana HUANG BIZHU, contra la Dra. WENDY MARTÍNEZ LONGART, en su condición de jueza del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en la acción que por DESALOJO intentara el ciudadano GIUSEPPE BERGAMO TUZZO contra la prenombrada.