Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO presentado por la abogada en ejercicio BELKIS JOSEFINA BARBELLA INFANTE, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MASSIMO COLETTA CIOFANI, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques en fecha 2 de agosto de 2024, el cual se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes; y por consecuencia, se NIEGA el recurso de apelación interpuesto por la aludida profesional del derecho, contra la decisión proferida por el referido juzgado en fecha 23 de julio de 2024, en la cual se declaró improcedente la recusación interpuesta por el prenombrado.....