PRIMERO: NO HA LUGAR el recurso de apelación ejercido, por la ciudadana MARIA JOSEFINA HERNÁNDEZ MARSAN, titular de la Cédula de Identidad No. 2.154.841 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 16.187, quien aduce actuar con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA DEL PILAR NOVO INSUA, contra la sentencia dictada en fecha 11 de julio de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
SEGUNDO: SE CONFIRMA