Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Se declara sin lugar la solicitud realizada por el Abg. RAFAEL BENIGNO ROMAN LOYO, mediante el cual, en su condición de defensor privado del imputado, ciudadano MAURICIO GOMEZ VERGARA; y se mantiene la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad decretada en su contra por este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en audiencia celebrada en fecha 10 de mayo de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, numerales 1, 2 y 3, en relación con lo establecido en el artículo 251, parágrafo primero, ambos del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión de.....