DECLARA: CON LUGAR la solicitud con motivo
de DIVORCIO presentada por los ciudadanos JOSÉ LUIS OCHOA VARGAS, y
MERLE CECILIA DE LA COROMOTO TRAVIESO DE OCHOA, venezolanos,
mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°V-3.515.193, y V- 4.283.279;
en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía en virtud del
matrimonio por ellos celebrado en fecha 31 de octubre de 1987, por ante la
Primera Autoridad Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, según consta en
el acta Nº 1223, del libro de matrimonios llevado por ese organismo.