...Establecido lo anterior, considera quien suscribe, que la actuación procesal "carente de autor", en el caso de autos, el escrito libelar, recibido en fecha 31 de octubre de 2008, cursante a los folios 1 al del expediente, que como todo escrito debe proponerse ante el Secretario del Tribunal y por supuesto, debió estar debidamente firmado por el presentante, tal y como lo disponen los Artículos 25, 106, 107 y 187 del Código de Procedimiento Civil, cuya observancia es obligatoria conforme lo establece el Artículo 7 eiusdem, según el cual: "Los actos procesales se realizarán en la forma prevista en este Código y en las leyes especiales. Cuando la ley no señale la forma para la realización de algún acto, serán admitidas todas aquellas que el Juez considere idóneas para lograr los fines del mismo". Disposición ésta que contiene el denominado Principio de Legalidad Formal, en virtud de que, por ser la Ley Adjetiva Procesal, el instrumento que permite el ejercicio de una función pública .....