Primero: CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MARIANA ASCANIO ACEVEDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-15.081.528, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 97.974, actuando en nombre y representación propia, contra el auto dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, en fecha 29 de septiembre de 2014, el cual se REVOCA.
Segundo: Se ORDENA al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, ADMITIR la demanda interpuesta por la ciudadana MARIANA ASCANIO ACEVEDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-15.081.528, contra el ciudadano CARLOS EDUARDO PÉREZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.504.840.
Tercero: Dada la naturaleza de la presen.....