este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus RENE GONZÁLEZ ASCANIO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos: YEREGLY YURAIMA GONZÁLEZ DELGADO, HILDA JOSEFINA GONZÁLEZ MIJARES, MICHEL ENRIQUE GONZÁLEZ MIJARES, WILMER RENEE GONZÁLEZ MIJARES y ZULEIMA YELITZA GONZÁLEZ DELGADO, YURASKA YULEIMA GONZÁLEZ DELGADO.