DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CANDELARIO GUZMÁN GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 6.051.120 contra la Sociedad Mercantil TIERRAS CARRETERAS Y PUENTES, S.A (TICAPSA) por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL. SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil TIERRAS CARRETERAS Y PUENTES, S.A (TICAPSA) al pago de la cantidad condenada de DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UN BOLÍVARES CON 01/100 (Bs. 2.925.291,01), más el monto correspondiente a los intereses de mora y la corrección monetaria en los términos anteriormente expuestos. TERCERO: No hay condena.....