-III-
DISPOSITIVA
Por todos los motivos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 12 y 243 del Código de procedimiento Civil, declara INADMISIBLE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, interpuesta por el ciudadano LEONEL ALFONSO SÁNCHEZ en contra de la Sociedad Mercantil NE-TRICA, C.A., ambos identificados en autos, por no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 691 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Por la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripc.....