REVOCA la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena "TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO" (Destacamento de Trabajo) que le fuera otorgada al penado MARTINEZ JEICKSON HUMBERTO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 18.599.000, en fecha 19-01-09, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 511 ejusdem, en concordancia con lo establecido en el artículo 479 numeral 1° ibídem, y artículo 7 de la Ley de Régimen Penitenciario, en virtud de no haber dado cumplimiento a las condiciones que le fueron impuestas de conformidad con el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela DECRETA LA ORDEN DE CAPTURA del penado MARTINEZ JEICKSON HUMBERTO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.599.000, ya identificado, y una vez que se materialice su detención, deberán recluirlo en el Internado Judicial Rodeo II, con sede en Guatire Estado Miranda. Líbrese boleta de Encarcelación.