En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, de fecha 05JUN2013 así como OFICIO Nº 1307/2013 que riela al folio 119, dirigido al director del Centro de Coordinación Policial del Municipio Paz Castillo, Santa Lucia del Tuy, Estado Miranda de fecha 05JUN2013, mediante el cual remite boleta de excarcelación signada con el Nº 205/2013 a nombre del imputado YOHAN CARLOS DELGADO LUQUE, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.328.390, conforme a los artículos 174, 175 y 176 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado en que se encontraba para el momento de emiti.....