Atendiendo a los razonamientos anteriormente expuestos, quien aquí suscribe, declara inadmisible la demanda que da origen a las presentes actuaciones, por haber incurrido la parte accionante en una inepta acumulación de pretensiones y por verificarse la falta de legitimatio ad causam respecto de la pretensión contenida en el particular segundo del petitum y así se decide