declara:
PRIMERO: Se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 29 de julio de 2015, por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Lucia a través de la cual se declaró, CON LUGAR la solicitud de INTERDICCIÓN de la ciudadana MAXIEL DEL CARMEN GOMEZ REYES, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. V-22.039.167, formulada por la ciudadana CARMEN YUDI REYES ALCALA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 159.875 actuando en su propio nombre y asistiendo al ciudadano MAXIMO ANTONIO GOMEZ MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nº V- 5.404.875 y 5.403.868; respectivamente.
SEGUNDO: Se DECRETA la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana MAXIEL DEL CARMEN GOMEZ REYES, y en consecuencia, pierde el gobierno de su persona y queda sometida al régimen de representación del tutor.
TERCERO: SE RATIFICA la designación como TUTORA DEF.....