Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en el Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCION DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA y en consecuencia la Libertad Plena del ciudadano PALACIOS VASQUEZ JORGE ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° 9.062.446, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 39 años de edad, nacido en fecha 06/07/63, de profesión u oficio conductor, laborando actualmente en la Universidad Central de Venezuela de estado civil soltero, residenciado en Calle Los Totumos, casa 19-2, El Cementerio, Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando sujeto al cumplimiento de la pena acceso.....