...DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación ejercido por los Profesionales del Derecho JOSÉ FUENMAYOR y LUIS IGNACIO RAMIREZ, en sus carácter de defensores del imputado GILBRAN JOSUE GUILLÉN, contra la decisión emanada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Sede Los Teques, en fecha 14 de Enero de 2008, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional declaró Con Lugar la solicitud de Revisión de Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al imputado antes mencionado, y la sustituyó por Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, contenida en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal Venezolano, todo de conformidad por lo establecido en los artículos 264 y 437 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal...