En virtud de todo lo antes mencionado, por motivo de Intereses de Prestaciones Sociales alcanza la suma de Veintidós Mil Cuatros Cientos Sesenta y Seis Mil con Cuarenta y cuatro Céntimos (Bs. 22.466,44), y siendo la suma de los Intereses de Mora arrojan la cantidad de Ciento Setenta y Seis Mil Ciento Sesenta y Siete con Noventa y Cuatro Céntimos (Bs. 176.167,94), lo que sumado al monto que arrojó la Corrección Monetaria por la cantidad de Cuatrocientos Cincuenta y Seis Mil Seiscientos Setenta y Tres con Setenta y Nueve Céntimos (Bs. 456.673,79), mas el monto condenado que corresponde a la cantidad de Cuatrocientos Noventa y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y tres Mil con Veinticinco Céntimos (Bs. 495.643,25), alcanza la suma total debida al accionante de Un Millón Ciento Cincuenta Mil Novecientos Cincuenta y Uno con Cuarenta y Dos Céntimos (Bs. 1.150.951,42). Así se decide.
Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de La Circunscripc.....