este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por el ciudadano ALBERTO JOSÉ BARRETO IRIARTE, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.868.162, en contra de la sociedad mercantil GUARDIANES VIGIMAN, S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 16 de Octubre de 1987, bajo el N° 80, Tomo 185-A-SGDO, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la demandada al pago de la cantidad de NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES CON 43/100 (Bs. 948,43), correspondiente a los siguientes conceptos:
1. PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD.
2. VACACIONES FRACCIONADAS.
3. BONO VACACIONAL FRACCIONADO.
4. UTILIDADE FRACCIONADAS S......