"... este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por los abogados, LUIS ROJAS BECERRA y KUNIO HASUIKE SAKAMA abogados en ejercicio, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 10.038 Y 72.979, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la empresa PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL, S.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 19 de junio de 1991, bajo el Nº 42, Tomo 141-A., contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, a través de la Inspectoría del Trabajo "Jose Rafael Nuñez Tenorio", con sede en Guatire, en virtud de la Providencia Administrativa Nro. 167-2010.....