"... este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial declara: Visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público le imparte la homologación al convenimiento dándole el carácter de cosa juzgada ..."