DE LA DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Rio Chico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA el desistimiento judicial antes referido, dando por consumado el acto, por consiguiente, se da por TERMINADO el presente procedimiento; habiéndose considerar a la presente providencia como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se ordena el desglose de las documentaciones (Folio 03 al 07) solicitadas por la parte actora, jurando la urgencia del caso, y en su lugar sean insertas copias previa su certificación por secretaría.
TERCERO: Déjese copia certificada de esta providencia en el Departamento de archivo de este Tribunal de conformi.....