....HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO planteado entre los ciudadanos GILBERTO ANTONIO ESTRADA Y EDIHT DORAIMA MORALES, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.016.721 y V-8.683.795, en fecha 01/04/2.003 de conformidad con los Artículos 315 y 317, ibidem. Así mismo, este Tribunal ACUERDA impartirle su Homologación y lo considera como asunto pasado en autoridad de cosa Juzgada y en consecuencia DA POR TERMINADO EL JUICIO.