En consecuencia de lo precedentemente expuesto, procédase a notificar a las partes lo resuelto por este Tribunal, así como a publicarse la presente resolución judicial. A tal efecto, líbrense las correspondientes comunicaciones a la Dirección de Rehabilitación y Custodia del Ministerio del Interior y Justicia, al Consejo Nacional Electoral, a la Dirección de Prisiones del Ministerio del Poder Popular para Interior y Justicia, al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales y al Director del Centro Penitenciario Región Capital Yare, remitiéndole anexo copia de la sentencia y el computo de penaa los fines previstos en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se acuerda solicitar los antecedentes penales del ciudadano penado de autos a la División de Antecedentes Penales del Ministerio previamente aludido. Líbrese boleta de traslado a nombre del ciudadano IMBER JOSE MAYORA, dirigida al Director del Centro Penitenciario Región Capital Yare, a objeto d.....