Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado ELIO VICENTE BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 104.971, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano AGUSTÍN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-5.894.900, contra la decisión proferida en fecha 11 de noviembre de 2010, por el Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Segundo: se REVOCA la decisión dictada en fecha 11 de noviembre de 2010, por el Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; en consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO incoara el ciudadano ALEXI MANUEL GONCALVES SANDOVAL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-2.941.253, contra el ciudadano AGUSTÍN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-5.894.900.