"...El Tribunal deja constancia que siendo las doce y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.) no ha comparecido aún la Defensa Pública, a pesar que fue notificada en la persona de la Dra. DAYANA DA MOTA, tal y como consta de las actuaciones que cursan al expediente, y además, que en el presente expediente cursa diligencia suscrita por la Abg. Maria Alejandra Castellano, en su carácter de Defensora Publica Primera, mediante la cual solicita copia simple del Escrito Acusatorio, el cual le fue acordado en fecha 14-11-2013, es por lo que considera este Juzgado que lo mas prudente es diferir el acto para el día miércoles 14 de mayo de dos mil catorce (2014), a las diez de la mañana (10:00 a.m.). Líbrense la Notificación correspondiente. Las partes presentes en este acto quedan notificadas del diferimiento acordado. Se declara cerrado el presente acto siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 p.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman..."