Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía 07° del Ministerio Público en contra del Ciudadano ANGEL EDUARDO CAMEJO RODRIGUEZ, nacionalidad: venezolano, natural: Caracas, fecha de nacimiento: 17-3-1980, edad 24 años, de profesión Obrero, de padres Angel Camejo y Zulay Rodriguez, domiciliado en El rincon, Calle Coromoto, casa Nro. 24 Santa teresa del Tuy, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.475.524 y se ordena la apertura a juicio. Segundo: Por cuanto no fueron opuestas en su oportunidad ninguna excepción este tribunal no tiene materia sobre la cual decidir y en cuanto al escrito que ratifica en este acto se debe entender que el mismo debio oponerse nuevamente cuando se volvio la convocar el acto puesto que las actuaciones anteriores han sido declaradas nulas. Tercero: Por cuanto este Tribunal considera que las circunstancias que motivaron la medida judicial de privación preventiva de libertad de fecha 14-11-2002 no han variado y en consideración que.....