NIEGA LA SOLICITUD DE MODIFICACION DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, contenida en el literal " G " , de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños y del Adolescentes, solicitada por el DR. TIRONNE BERROTERAN, en su condición de defensor del adolescente, IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, en consecuencia de lo antes expuesto se mantiene la medida cautelar impuesta en fecha veintiuno (21) de marzo del año dos mil nueve (2.009)., en los mismos términos expuestos en la audiencia de presentación.