DECRETA contra el ciudadano YÁNEZ GONZÁLEZ ANDRÉS ANTONIO, portador de la cédula de identidad número V-10.280.048, MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, a los fines que cumpla, recluido en establecimiento penal, la pena de 3 años y 6 meses de prisión y penas accesorias del artículo 13 del Código Penal, que le fue impuesta, como autor responsable del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento.