declaró con lugar la solicitud de DIVORCIO de los cónyuges MARIBEL SANDRA BALZA PARRAGA y RAMON VICENTE MARCANO OCHOA, solicitantes en el presente expediente, sin que existan elementos en autos que desvirtúen la capacidad de las partes para disponer de las cosas comprendidas en la liquidación de comunidad conyugal, y no existe evidencia que pudiera lesionar derechos e intereses de terceros diferentes a las partes que celebran el presente convenimiento, motivo por el cual este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SE IMPARTA HOMOLOGACIÓN a la PARTICIÓN y LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por ciudadana MARIBEL SANDRA BALZA PARRAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.574.461.....