se procede a efectuar en este mismo Acto el correspondiente Cómputo de la Sanción de LIBERTAD ASISTIDA, que deberá cumplir por ante el Centro de Atención Comunitaria Juan Pablo Sojo, con sede en Guatire, Estado Miranda, a partir del día 15 de Junio de 2.005, la cual culminará en fecha 15 de Junio de 2.006