...DECLARA: PRIMERO: Deja nulo y sin efecto la certificación de fecha 03 de junio de 2010 y del auto que la provee cursante a los folios 26 y 27 del presente expediente.- SEGUNDO: Homologa el convenimiento en el presente procedimiento de Calificación de despido, con respecto a la persistencia del despido de fecha 01-06-2010. TERCERO: Hay condenatoria en costas por la naturaleza del caso. CUARTO: En cuanto a la estimación e Intimación de Honorarios Profesionales de Abogados, por actuaciones de la presente causa, se deberá instaurar su reclamación por ante el Juez Civil competente por la cuantía.- Por el procedimiento establecido en el artículo 22 de la Ley de abogados.