DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, impuesta a los ciudadanos JORGE CARLOS DURAN FIGUERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.792.685 y JOEL JOAQUIN CANOLES LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.624.176 YULEIKIS CAROLINA DIAZ SERRANO, titular de la cedula de identidad N° V- 22.544.452, y GILVELIS YARUBY CASTRO MORIN, titular de la cedula de identidad N° V- 22.498.884, ; contemplada en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal vigente; razón por la cual a partir de la presente fecha cesa la obligación para los imputados, de comparecer ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y sede; todo de conf.....