V
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos por este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, siendo la oportunidad para pronunciarse en cuanto a lo solicitado lo hace en los siguientes términos DECLARA:PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL INTERES PROCESAL, según lo contempla la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena 15-06-2017, sentencia nº 36. Sobre la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, Nº 089, folio 179, de fecha diecinueve (19) de marzo de 2009, expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio Autónomo Acevedo, contemplado en el artículo 502, del código civil venezolano, solicitado por el ciudadano MANUEL ALBERTO ESPINOZA VOLCAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio.....