Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control No 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 330 numeral 3, 318 numeral 2 y 321 del Código Adjetivo Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud realizada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, en consecuencia, SOBRESEE LA CAUSA a favor de las Ciudadanas YELITZA JOSEFINA FAJARDO PEÑA