Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley DECRETA LA MEDIDA SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD al imputado JESUS ERNESTO PARACO, titular de la Cédula de Identidad No 23.614.867, pero le impone de las medidas cautelares sustitutivas previstas en el artículo 256 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, explicadas en la parte motiva de la presente decisión, Por último, acoge la precalificación jurídica dada al hecho como la POSESIÓN, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se deja constancia de haberle dado cumplimiento a los artículos 125, 131, 132, 248, 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal así como también el artículo 49 ordinal 5 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Se ordena como sitio de detección preventiva la Comisaría de Santa Teresa .....