Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos MARÍA ELADIA ROMÁN CERRDA, JOSÉ GREGORIO ROMÁN, EMMA MARÍA ROMÁN DE VASQUEZ Y MARIANA DEL CARMEN ROMAN, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.815.867, 10.276.100, 5.319.260 Y 6.464.725, respectivamente, para asegurar los derechos que tenga dicha ciudadana en la Sucesión del ciudadano RAIMUNDO VELASQUEZ DEVIDE, quien falleció en fecha 10 de Octubre de 2003, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.