PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ADELA GARCIA PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-22.532.275, contra la sociedad mercantil "AUTO MERCADO FRESCO MARKET AFN, C.A." antes identificada y se condena a cancelarle a la referida ciudadana las cantidades y los conceptos laborales debidamente especificados en la parte motiva del fallo.-
SEGUNDO: Se ordena practicar una experticia complementaria del fallo a objeto de calcular los intereses sobre prestaciones sociales, a tal efecto se nombrara un único experto quien realizara los cálculos, tomando como fundamento el tiempo efectivo de servicio trabajado por la actora, hasta la terminación de la relación laboral, con base a la tasa promedio referida en la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras y determinadas por el Banco Central de Venezuela.-
TERCERO: Se ordena la corrección monetaria de las sumas que resulten determinadas en la experticia complementaria que se ha ordenado, de.....