CAPITULO II
PRUEBA TESTIMONIAL
En cuanto a la prueba testimonial, la Representación Judicial de la parte accionada promueve los siguientes testimoniales:
1. AYLING NICOLS OLIVEROS CUELLO, titular de la cédula de identidad Nº V-27.625.585.
2. CLEIVERLY ANAYESKI SANCHEZ SOTO, titular de la cédula de identidad Nº V-29.952.509.
En cuanto a las testimoniales promovidas por la Representación Judicial de la parte demandada, SE ADMITEN en cuanto ha lugar en derecho por no ser contrarias a la ley; por lo que se ordena su control por las partes en la oportunidad de la Audiencia de Juicio Oral y Pública. ASÍ SE ESTABLECE.
Finalmente se le hace saber a las partes que la evacuación o la inclusión de las pruebas admitidas en el presente auto se realizará en forma oral y pública en la Audiencia de Juicio, que fijará este Tribunal por auto separado.
Dr. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ DE JUICIO
Abg. JORGE RAUL TORO BOLAÑO
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