este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Santiago González, debidamente asistido por el abogado Luis Aray, en su condición de parte accionada. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 08 de julio de 2009, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, que declaró la admisión de los hechos alegados por la parte actora, y con lugar la demanda que por cobro de Prestaciones Sociales y otros beneficios laborales incoara el ciudadano RUFINO CARDOZO en contra de la persona natural SANTIAGO GONZÁLEZ, ambos plenamente identificados a los autos. TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado en .....