HOMOLOGACIÓN
De las actas se desprende que el ciudadano CARLOS LUIS SILVA, ofreció en fecha 05 de Agosto de 2009, Obligación de Manutención para su hijo el niño EFFEMBERTH ANDILEY SILVA VALERO, la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 200, oo) mensuales y CUATROCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 400, oo) para los meses de Agosto y Diciembre para cubrir gastos de útiles escolares y ropa de fin de año, y el pago del 50% de los gastos médicos y de medicina. Tal solicitud fue aceptada por la madre del niño, EFFEMBERTH ANDILEY SILVA, en fecha 12 de agosto de 2009, (folio 08). En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN al ofrecimiento hecho por el demandante CARLOS LUIS SI.....