Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se acuerda a favor del ciudadano HECTOR JOSE DIAZ MARTINEZ, Venezolano, residenciado en Nva Cúa urbanización José de San Martín los bloques piso 3 apto 0305, nacido en fecha 29-09-73 de 30 años de edad, profesión u oficio mesonero, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro 12.085.553, de Padres Gladys Martínez y Héctor Díaz (fallecido), la Medida Cautelar establecida en los ordinales 3° y 4° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal es decir, deberá presentarse cada ocho (08) días ante la sede de la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y no podrá ausentarse de la Jurisdicción del área Metropolitana de Caracas y el Estado Miranda, mientras dura la presente investigación, quie.....