Primero. Califica La flagrancia en el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Acoge la pre calificación Fiscal, como lo son los delitos de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en artículo 36 de la Ley especial que rige la materia, y DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor. Tercero: Se acuerda seguir el presente procedimiento por la Vía Ordinaria de conformidad con lo establecido en el artículo 373, en su último aparte. Cuarto. Se decreta la libertad plena en cuanto al delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en artículo 36 de la Ley especial que rige la materia. Quinto: En cuanto al delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de.....