Escuchado lo expuesto por las partes y revisada las presentes actuaciones quien aquí decide observa que por cuanto el joven IDENTIDAD OMITIDA, ha manifestado al Tribunal su deseo de que se le cese la medida y observando el estado de salud que presenta el mismo, su mayoría de edad y muy especialmente que el joven adulto cumplió bien y fielmente la mitad de la sanción impuesta y que el mismo presenta pronóstico favorable, en este acto se reactiva la causa y se ordena el CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA EN FORMA INMEDIATA y en consecuencia, LA LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES del joven adulto.