Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO, interpuesta por los ciudadanos LUISA ELENA MARIN DE GUTIERREZ y JUAN RAFAEL GUTIERREZ PAGUA, representados por el abogado JUAN EUGENIO OCHOA ORTA, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES JOFRAMAR, también conocida como ARENERA LA MILAGROSA, en la persona por su presidente y único accionista FRANCISCO BASTOS TEXEIRA, representada por sus apoderadas judiciales Abogadas LETTY PIEDRAHITA y LIS CAROLINA MARSIGLIA PIEDRAHITA, todos identificados en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 ordinales 3, 4 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.